La definición fue firmada por el Juez Héctor Vassallo, el abogado Pablo Ledesma y la Fiscal Martina Cedrés y se difundió alrededor de las 21 de este viernes.
Así, la lista quedó oficializada con un corrimiento del “orden de la lista de titulares y completando la fórmula para el Poder Ejecutivo municipal con el primer suplente (candidato a primer concejal)”, señala el fallo.
De este modo, la fórmula quedará compuesta por Julieta Carraza (para de candidata a vice a intendenta) y Juan Olano (pasa e primer concejal a candidato a vice).
En la parte resolutiva, el fallo determina que admite las impugnaciones vertidas por Gladys Liliana Salinas, María Pía Lombardo, Leonardo Martin Posadas, Gladys María Del Carmen Casenave y Ubaldo Alberto Albornoz, por lo que “no se oficializa la candidatura del Sr. Mauricio German Davico a la presidencia municipal de Gualeguaychú” y sí se hace lo propio con la lista 502 AET Juntos por Entre Ríos para las elecciones, pero con el corrimiento antes mencionado.
También establece no hacer lugar a la recusación de Davico a uno de los jueces por ser el esposo de una concejal del PJ.
Según publicó el portal local R2820radio.com, la impugnación a Davico consistió en señalar que su residencia es en Pueblo General Belgrano, por desempeñarse allí como intendente los últimos ocho años. A pesar de gobernar allí, Davico pretendía presentarse como candidato a intendente de Gualeguaychú, donde tiene una residencia desde 2019 y a la que señala como lugar de vivienda. Pero el tribunal local entendió que si Davico es intendente de Pueblo General Belgrano, allí es donde debe residir, amén de contar con una propiedad en Gualeguaychú. De lo contrario, consigna el fallo, si Davico viviera efectivamente en Gualeguaychú, «sería una estafa a los vecinos de Pueblo General Belgrano».
Además, la impugnación plantea que, justamente, Davico ya cumplió con ocho años de mandato ininterrumpidos en Pueblo General Belgrano, y que presentarse en Gualeguaychú solo habilitaría a «generar la posibilidad de perpetuación en el poder».
Ahora, resta esperar la resolución del Tribunal Electoral de la Provincia. En las PASO, Davico obtuvo algo más de 13 mil votos y ganó la interna de Juntos por Entre Ríos en esa localidad.
Qué dice su abogado
«Observando el fallo consideramos que todas las interpretaciones legales que ha realizado el Tribunal Electoral Local han sido erradas y estamos seguros que vamos a poder revertir la situación en la instancia superior», dijo a RADIO 2820 uno de los integrantes del equipo técnico- legal del espacio Primero Gualeguaychú, Dr. Juan Ignacio Weimberg.
Asimismo señaló: “Hemos apelado la Resolución de la Junta Electoral que pretende retirar a Mauricio Palito Davico de la competencia”.
“Efectivamente, los criterios aplicados por la Junta Electoral para negar la residencia de Davico en Gualeguaychú contrarían las leyes y la Constitución”, explicó y no dudó en asegurar que esta decisión se trata de un “verdadero sinsentido que se desentiende de las más de 13.000 personas que votaron por Davico”.
«Lamentablemente el temor de parcialidad se vio concretado en un fallo arbitrario y sin sentido», cerró Weimberg.






